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Blanqueo para la construcción – Ley 27.613.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), formalizó la creación del Registro de Proyectos Inmobiliarios para que los inversores puedan acceder a los beneficios fiscales previstos en la Ley de Incentivo a la Construcción Federal Argentina y Acceso a la Vivienda, más conocido como “el blanqueo para la construcción”.
La medida, que promueve la inversión en proyectos iniciados a partir del 12 de marzo o que entonces estuvieran avanzados menos del 50%, fue confirmada mediante la Resolución General 4976/2021.
La normativa contempla un “Registro de Proyectos Inmobiliarios” para las obras pasibles de ser incluidas en el beneficio y un “Programa de Normalización” para las tenencias no declaradas previamente.
– El Registro será para que desarrolladores, constructores y vehículos de inversión informen las obras privadas alcanzadas. El servicio web estará disponible desde el próximo 7 de junio. Para acreditar la fecha de inicio y el grado de avance menor al 50%, será necesario un dictamen de un profesional matriculado.
– En cuanto a la normalización, para los interesados que no hubieran declarado voluntariamente la tenencia de divisas o moneda nacional antes del 12 de marzo, antes de presentar la declaración jurada, quienes adhieran al programa deberán depositar sus tenencias en moneda nacional o extranjera en una “Cuenta especial de Depósito y Cancelación para la Construcción Argentina (CECON.Ar). Ley 27613”, que reglamentó el BCRA recientemente. Según los plazos de acreditación de las tenencias declaradas, el contribuyente deberá presentar una declaración jurada por cada período y abonará el impuesto especial.
La registración de las tenencias y su valuación en el servicio web “Normalización de la tenencia en moneda Ley 27.613”, estará disponible desde el 17 de mayo. Y el sistema para la confección del formulario F. 1130, la generación del Volante Electrónico de Pago (VEP) y el envío de la declaración jurada será habilitado desde el 21 de mayo del corriente año.