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Monotributistas y autónomos – Cambios en escalas.

Publicada el 22/06/2022

La Cámara de Diputados dio media sanción al proyecto de ley sobre alivio fiscal para trabajadores monotributistas y autónomos por unanimidad.
El cambio, deberá ser ahora tratado en el Senado para su aprobación definitiva, si es aprobado estaría vigente desde el 1 de Julio.
Beneficios para monotributistas:
– A partir de la nueva redacción, los montos máximos de facturación para las categorías A, B, C y D se actualizarán en un 60% y el resto, de la E a la K, en 29,12%. Además, las categorías A y B estarán exentas del componente impositivo, que representa $288 y $555, respectivamente. Este beneficio aplicará a los monotributistas que no tienen otros ingresos, ya sea por jubilaciones, relación de dependencia, rentas financieras o alquiler de inmuebles, por ejemplo.
Beneficio para autónomos:
– Respecto a los autónomos que están alcanzados por el impuesto a las Ganancias, se estableció una suba de las deducciones a fin de que el mínimo no imponible quede más cercano al que aplica a los empleados en relación de dependencia.