Rudi Rudi & Asociados

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Programa de Asistencia a empleadores y trabajadores.

Publicada el 09/04/2020

El Gobierno Nacional a través del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 332/20, dió a conocer un programa para empleadores y trabajadores que se encuentren afectados por la emergencia sanitaria, el cual establece los siguientes beneficios:

A- Postergación o reducción del pago de las contribuciones al Sistema Integrado Previsional Argentino:

1) Postergación de vencimientos para el pago de las contribuciones patronales al SIPA, para los períodos devengados de marzo y abril 2020. Para el devengado del mes de marzo, a través de la Resolución Nº 4693, se posterga el pago para el mes de junio, siempre y cuando la actividad de la empresa se encuentre en el listado publicado de AFIP.
2) Reducción de hasta el 95 % de las contribuciones SIPA devengadas durante el mes de abril del 2020.

Esta reducción será para empleadores cuyo número total de trabajadores en relación de dependencia, al 29 de febrero de 2020, no supere la cantidad de 60.

B- Asignación Compensatoria al Salario: Asignación abonada por el Estado para todos los trabajadores en relación de dependencia del sector privado, comprendidos en CCT para empresas de hasta 100 trabajadores. Esta Asignación Compensatoria al Salario se considerará a cuenta del pago de las remuneraciones del personal afectado, debiendo los empleadores abonar el saldo restante de aquellas hasta completar las mismas, que se considerará remuneración a todos los efectos legales y convencionales. Por su parte, el empleador deberá retener la parte correspondiente a los aportes al Sistema Integrado Previsional Argentino y obra social y el aporte al INSSJP.

C- REPRO (Programa de Recuperación Productiva)  Asistencia por la Emergencia Sanitaria: se trata de una suma no remunerativa abonada por el Estado para todos los trabajadores en relación de dependencia del sector privado, comprendidos en CCT  en empleadores que superen los 100 trabajadores.

D- Sistema integral de prestaciones por desempleo: los trabajadores que reúnan los requisitos previstos para acceder a la prestación por desempleo, recibirán un importe que irá desde $6.000 a  $10.000.

Para acceder a los beneficios, los empleadores deberán dar cumplimiento a uno o varios de los siguientes criterios:

a) Actividades económicas en forma crítica en las zonas geográficas donde se desarrollan.

b) Cantidad relevante de  trabajadores:

  • contagiados por el COVID 19
  • en aislamiento obligatorio
  • con dispensa laboral por estar en grupo de riesgo
  • obligaciones de cuidado familiar relacionadas al COVID 19.

c) Se acredite una sustancial reducción en sus ventas con posterioridad al 20 de marzo de 2020.